REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO


En el día de hoy, martes dieciocho de enero de dos mil cinco, siendo las 9:30 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio DAVID MARCEL MORA LABRADOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.882 quien actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana DARMA CRISTINA CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° V-15.156.566, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sastrerería Kelly, ubicado en la carrera 17, con calle 13, N° 12-83, Barrio Obrero, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consistente en la práctica de las medidas de ENTREGA DE INMUEBLE y EMBARGO EJECUTIVO decretadas en el juicio que por DESALOJO se sigue contra la ciudadana LUZ MARINA DÍAZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.740.279, en el expediente Nº 10.528 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial OSCAR RIAÑO, placa 2021. Se encuentra presente el ciudadano VICTOR HUGO AYALA MARMOLEJO, titular de la C.I. N° V-23.130.580 en su condición de encargado, el Juez lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos para que se comunique con la demandada de autos o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 49. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado el Tribunal siendo las 10:15 a.m. impone al Notificado la obligación que tiene de proceder al retiro voluntario de todos los bienes muebles y enseres que se encuentran dentro del inmueble, y en caso contrario este Tribunal ordenará la entrega de los bienes muebles a la Depositaria Judicial que se designe a tal efecto, previo inventario y avalúo de los mismos. El Tribunal deja expresa constancia que el Notificado procedió al retiro de los bienes muebles y enseres, manifestando que los mismos los trasladará hasta el Sector Santa Eduviges entrada principal del Vegón N° 10-15, Táriba Municipio Cárdenas del Estado Táchira, para lo cual la parte actora suministró transporte y personal a su costa. En este estado se hizo presente la ciudadana LUZ MARINA DÍAZ DÍAZ, titular de la C.I. N° V-10.740.279 en su carácter de demandada el Juez la notificó del objeto y misión que cumple este Tribunal Ejecutor de Medidas en este sitio. El Tribunal le hace formal entrega del presente inmueble libre de personas y bienes muebles al abogado actor DAVID MARCEL MORA LABRADOR, ya identificado, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Recibo conforme el inmueble objeto de la presente ejecución, libre de personas y bienes muebles; y solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se abstenga de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo decretado por el Tribunal de la Causa, es todo”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda abstenerse de la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto y regresa a su sede a las 12:30 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman, menos el Notificado y la Demandada quienes se ausentaron del sitio antes de concluir el presente acto.
EL JUEZ TEMPORAL,


ABG. JUAN RAMÓN URBINA MÉNDEZ
LA PARTE ACTORA,


ABG. DAVID MARCEL MORA LABRADOR
EL FUNCIONARIO,


OSCAR RIAÑO
LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO.