Vista el acta de defunción número quinientos noventa y cinco (595), suscrita por la Prefecto Civil de la Parroquia La Concordia, Nunicipio San Cristóbal del, Estado Tàchira Abog. LEXI LETICIA VALERO DE DURAN, inserta al folio ciento dos (102) del expediente E2-1399-01, este Tribunal observa:

Por cuanto de la referida acta se evidencia que el penado PEREZ PEREZ, MIGUEL ANGEL falleció el 23-04-2003, a las cinco de la mañana, en el Hospital Central de San Cristóbal, Estado Tachira, a causa de: SEPSIS, PERFORACIÓN INTESTINAL HERNIA UMBILICAL ESTRANGULADA, según la certificación de el Dr. Cuauhtemoc Guerra, según se puede constatar del contenido del acta de defunción, la cual corre inserta al folio ciento dos (102) del expediente; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal, esta juzgadora en función de ejecución de penas y medidas de seguridad debe proceder a declarar la extinción de la pena impuesta al ciudadano PEREZ PEREZ, MIGUEL ANGEL, en virtud de acreditarse debidamente su muerte conforme al acta pública que representa plena prueba del deceso, según las disposiciones contenidas en el Código Civil. Así se decide.

Por lo expuesto anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA RESTANTE, que se le impusiera al penado PEREZ PEREZ, MIGUEL ANGEL, colombiano, natural de La Concepción al Norte de Santander, titular de la cédula de identidad No. E-81.831.418, hijo de Emilia Perez de Perez y Miguel Angel Perez Sanchez, domiciliado en el Caserio Gamelotal, cerca de la escuela s/n, Tacarigua, Estado Miranda.

Notifíquese a la representante del Ministerio Público Déjese copia y notifíquese al Director del Centro Penitenciario de Occidente.



Abg. ISOLINA JÁUREGUI VELASCO
JUEZ (T) DE EJECUCIÓN Nº 2


Abg. Alejandro Ávila Pérez
SECRETARIO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado

CAUSA Nº 1354-01-E2
IJV/