REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, 25 de enero de 2005
194º y 145º
Vista la solicitud de PERMISO ESPECIAL DE VIAJE efectuada por el penado CARLOS GUILLERMO OROPEZA SALAZAR, quien se encuentra ac-tualmente bajo el régimen de destino a establecimiento abierto en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Juan Tovar Guédez”, para que sea autorizado a ausentarse de las respectivas pernoctas por un lapso de treinta (30) días para viajar hacia San Juan de Los Morros, Estado Guarico, con la finalidad fin de sacar la cedula de identidad y visi-tar su señora madre que se encuentra en delicado estado de salud, en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, se considera apropiado conceder dicho permiso, más sin embargo por un lapso de veinte (20) días, tiempo que se estima suficiente para atender las diligencias a que hace referencia el penado como motivo de su solicitud, bajo las con-diciones sugeridas por el director de ese centro de tratamiento comu-nitario en su oficio de remisión No. 0035 de fecha 11 de enero de 2005.
Por lo tanto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud del penado CARLOS OROPEZA, y por lo tanto CONCEDE PERMISO ESPECIAL DE VIAJE a dicho pe-nado por un lapso de veinte (20) días continuos, contados a partir del DIA viernes 28 de enero de 2005, para que atienda diligencias personales relacionadas con su obtención de cedula de identidad en San Juan de Los Morros y visita a su señora madre en la ciudad de Ma-racay, Estado Aragua.
Notifíquese al penado e infórmese al director del Centro de Tra-tamiento Comunitario “Dr. Juan Tovar Guédez” de la presente decisión. Líbrese el oficio respectivo una vez notificado el penado. Publíque-se, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Cúmplase.
Abg. ISOLINA JÁUREGUI VELASCO
Juez (T) de Ejecución Nº 02
Abg. DANIELLA SÁNCHEZ GONZÁLEZ
Secretaria
IJV/
Causa Nº 2E-1284-01
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Oficio Nº __________.-
San Cristóbal, 25 de enero de 2005
194º y l45º
Ciudadano:
Lic. PABLO EMILIO GALVIS
Director (E) del Centro de Tratamiento
Comunitario “Dr. Juan Tovar Guedez”
El Valle - Estado Táchira.
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de comu-nicarle que este Tribunal acordó permiso especial de VIAJE al penado CARLOS GUILLERMO OROPEZA SALAZAR, quien cursa la causa signada bajo el N° 2E-1284-01, por un lapso de veinte (20) días contados a partir del DIA viernes 28 de enero de 2005, para que atienda diligencias personales relacionadas con la obtención de la cedula de identidad en San Juan de Los Morros, Estado Guarico y visita a su señora madre quien se encuentra delicada de salud en la ciudad de Maracay, Estado Aragua.
Comunicación que hago a los fines legales consiguientes y sin más referencia que hacer, quedo de usted.
Atentamente,
Abg. ISOLINA JÁUREGUI VELASCO
Juez (t) de Ejecución Nº 02
IJV/
Causa N° 2E-1284-01