REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO
194° Y 145°

PARTE SOLICITANTE: ROSIVEL BIRRIEL LLAMOZAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 16.909.359.

ABOGADO ASISTENTE: RITA NEGRIN CLEMENTE, Defensora Pública en el Área de Protección de Niños y Adolescentes Extensión Barlovento del Estado Miranda..

NIÑO: JESUS RAFAEL YAÑEZ BIRRIEL, de dos (02) años de edad.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO.

EXPEDIENTE: 04/5422


Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSIVEL BIRRIEL LLAMOZAS, anteriormente identificada, quien en su carácter de Representante Legal del niño JESUS RAFAEL YAÑEZ BIRRIEL, procede a solicitar de este Tribunal la Rectificación de la Partida de Nacimiento del referido niño, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Acevedo, del Año 2002, Acta Nro. 115.

Este Tribunal estando dentro de la oportunidad legal para decidir observa:

PRIMERO: Que al momento de asentar la Partida de Nacimiento del niño JESUS RAFAEL YAÑEZ BIRRIEL, se identificó el nombre del padre del mismo como JESUS RAFAEL siendo lo correcto JESUS ALBERTO.

SEGUNDO: Que de la copia certificada de la Partida de Nacimiento del padre del niño de autos inserta al folio N° 02 del presente expediente, se evidencia que el nombre del referido ciudadano es JESUS ALBERTO, que es el correcto.-

TERCERO: Que se trata en el presente caso de un error material, es el caso del Lapsus Calami, el cual no requiere del procedimiento ordinario, tal como lo establece el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.-

CUARTO: Que se cumplieron todos los requisitos exigidos por la Ley.-




En virtud de las circunstancias expuestas, esta Juez Unipersonal N°: 02, del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud. En consecuencia, ordena la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO del niño JESUS RAFAEL YAÑEZ BIRRIEL, en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda, a los fines de que procedan a la RECTIFICACION ordenada, en el sentido de que donde aparece indicado el nombre del padre del referido niño como JESUS RAFAEL debe decir JESUS ALBERTO, que es como verdaderamente corresponde, a cuyo efecto se ordena expedir copia certificada de la presente decisión.- Cúmplase lo ordenado.- Líbrese lo conducente.-

Publíquese y Regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección de Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento con sede en Guatire, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año 2005.- Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
LA JUEZ


DRA. AIDA LEON DE OBADIA

LA SECRETARIA


ABOG. JUDITH LOVERA PEDRON

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA


ABOG. JUDITH LOVERA PEDRON


Exp. Nro. 04/5422
ALO*JLP*mm**