REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diez (10) de febrero de dos mil cinco (2005).

194° y 145°

Vistas las anteriores actuaciones y particularmente el pedimento formulado por la abogado EVELIA AZOCAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 3.158, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana MARIA TERESA BENCOMO PAREDES, contenido en sus diligencias de fechas 19 de mayo de 2004, 04 de noviembre de 2004, 22 de noviembre de 2004 y 16 de diciembre de 2004, mediante la cual solicita la suspensión de las medidas preventivas que pesan sobre el inmueble propiedad de la demandada: Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar y Medida de Embargo Ejecutivo, la primera decretada el 23 de septiembre de 1998 y la segunda decretada 01 de diciembre de 1998, sobre el inmueble correspondiente al juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) que es seguido ante este tribunal por el ciudadano AIRES DEODATO CAMACHO PEREIRA contra MARIA TERESA BENCOMO PAREDES. Por cuanto se observa que la medida preventiva cuya suspensión ha solicitado la representante judicial de la demandada y por cuanto se observa que ni la depositaria designada, ni la parte actora presentan ninguna objeción a dicha solicitud de suspensión, por tanto, este Juzgado considera procedente la petición realizada por la diligenciante y en consecuencia, suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada en fecha 23 de septiembre de 1998, sobre el siguiente inmueble: “Un apartamento distinguido con el N° 24, piso 02, edificio Residencias Parque Avila II, ubicado al final de la calle Orinoco, urbanización Las Minas, en el sitio conocido como Las Minas, San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Miranda. El apartamento tiene un área de 96,50 mts2 aproximadamente y sus linderos son: NORTE: con fachada norte del edificio; SUR: con el maletero, fosa de ascensores y pasillo de circulación; ESTE: con fachada interna del edificio y apartamento N° 23; y OESTE: con apartamento N° 25, le pertenece dos (02) puestos de estacionamiento identificado con los números uno (01) y dos (02), ubicados en la planta sótano; así como un maletero con letra y numero M24, ubicado en el piso 2 del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de 0,017603%”. Dicho inmueble le pertenece a la demandada MARIA TERESA BENCOMO PAREDES, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Los Salias, en fecha 01 de septiembre de 1997, bajo el N° 28, tomo 15, protocolo primero, del tercer trimestre de año 1997. Líbrese oficio de participación para el ciudadano Registrador Inmobiliario del Municipio Los Salias del Estado Miranda. Igualmente se acuerda suspender la medida de Embargo Ejecutiva, la cual fue decretada en fecha 01 de diciembre de 1998, y practicada por este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y participada al Registrador Subalterno del Municipio Los Salias del Estado Miranda, mediante oficio Nº 1413, de fecha 03 de agosto de 1999, por consiguiente se ordena oficiar al ciudadano Registrador respectivo, participándosele de la suspensión de la medida. Líbrense oficios.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 16.656