REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiuno (21) de febrero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano NATIVIDAD VELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.735.256, sobre las mejoras y bienhechurías ubicadas en la posesión denominada RAMIREZ, situada en la población del Sapo, jurisdicción del Municipio Panaquire del Distrito Acevedo del Estado Miranda,. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado en ejercicio Jorge Luis Izaguirre B. inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.835. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,




HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA




HJAS/ICBC/Tmr.-
EXP. NRO. 05-40.790.-