REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Ocumare del Tuy, catorce (14) de Febrero del Dos Mil Cinco (2005)
194º y 145°
Vista la anterior diligencia, suscrita por la abogada YILDA E. MERCHAN SANCHEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y el pedimento en la misma contenido, este Tribunal en consecuencia, ordena librar Boleta de Notificación a la ciudadana: INES VERA ORDUZ, parte demandada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano RODRIGO JOSE INDRIAGO. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH.
LA SECRETARIA TEMP,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ
AOCH/zg.
EXP. N° 408-04
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.-
Ocumare del Tuy, 14 de Febrero del 2005
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana INES VERA ORDUZ, Colombiana, mayor de edad, de este domicilio, parte demandada en el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue en su contra el ciudadano RODRIGO JOSE INDRIAGO, por ante este Juzgado ha quedado citada conforme a lo dispuesto en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, y se ordeno librar la presente Boleta de Notificación, por la negativa de no firmar la compulsa relativa a su citación, la diligencia efectuada por el Alguacil Temporal de este Tribunal se le transcribe textualmente y es del tenor siguiente: “En horas de despacho del día de hoy, 27 de Enero del 2005, comparece ante éste Juzgado el ciudadano JUAN SANOJA, quien en su carácter de Alguacil Temporal del mismo expuso: consignó en este acto constante de un (01) folio útil, compulsa que me fuera entregada para practicar la citación de la ciudadana INES VERA ORDUZ, Titular de la Cédula de Identidad No. E-81.770.270, a quien localice en la siguiente dirección: Urbanización Lecumberri, Primera Etapa, Manzana U, Avenida este 4, Casa No. 831, a quien le hice entrega de la compulsa y se negó a firmar el recibo, el día 25/01/05, siendo las 2:30 p.m., es todo.- termino, se leyo y conformes firman.” En consecuencia, deberá comparecer ante este Tribunal en su oportunidad correspondiente una vez conste en autos las resultas de esta notificación, a objeto de que conteste la demanda en referencia. Ocumare del Tuy, catorce (14) de Febrero del 2004.
LA SECRETARIA TEMP,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ
MGH/zg
Exp. Nro. 408-04