TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, quince (15) de enero del dos mil cinco (2005)

194º y 145º


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano FELICIO RAFAEL NAVARRO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nos. V-4.253.331. Sobre una Casa construida sobre un lote de terreno, propiedad del solicitante, ubicado en el Sector La Quinta, prolongación de la calle Cira Arocha, lote No. 6, Jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por la Abogada ELSA TARIFE DE CRUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.852. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-




LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI


LA SECRETARIA TEMP,
Abg MARIA GABRIELA HERNANDEZ



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-



LA SECRETARIA TEMP,
Abg MARIA GABRIELA HERNANDEZ



AO/zg.
Solicitud N° S-273