TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Diecisiete (17) de Febrero del dos mil Cinco (2005).-


194º y 145º


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana ELISA MEZA DE CAMACHO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 4.287.700. Sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda de dos (02) plantas, la primera planta constante de un lavadero, una cocina, un comedor, una sala, un porche y una escalera que da acceso a la segunda planta constituida por un baño, una sala de estar y cuatro habitaciones, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por la Abogada ZOMARIS de BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.982. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-


LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI


LA SECRETARIA.
ABG. MARIA GABRIELA HERNANDEZ


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-




LA SECRETARIA.
ABG. MARIA GABRIELA HERNANDEZ

AO/ldb.
Solicitud N° S-286