REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, Ocumare del Tuy, Veintidós (22) de Febrero del Dos Mil Cinco (2005).
194° y 146°
Vista la anterior demanda por PARTICIÓN DE HERENCIA, conjuntamente con sus recaudos presentada por el Abogado MIGUEL MARTINEZ SATURNO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.416, actuando en este acto en nombre y representación del ciudadano: YULMER WILFREDO HERNÁNDEZ VIVAS, Venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.409.885. El Tribunal acuerda darle entrada en los libros respectivos, quedando anotado bajo el Nº 443-05. Asimismo el Tribunal acuerda por cuanto de la revisión del libelo de demanda observa que el apoderado Judicial de la parte actora no señaló (el) ó (los) demandados en la presente causa, no reuniendo así los requisitos establecidos en el Ordinal 2º del Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual este Tribunal SE ABSTIENE DE ADMITIR la presente demanda hasta tanto el apoderado actor subsane la omisión señalada en el libelo de la demanda.
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
LA SECRETARIA TEMP
Abg. MARIA G HERNANDEZ
En esta misma fecha se requieren de las respectivas copias fotostáticas para mejor proveer.
LA SECRETARIA TEMP
Abg. MARIA G HERNANDEZ
A0/nelsa
EXP: 443-05.