REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veintidós (22) de Febrero del Dos Mil Cinco (2005).
194° y 146°
Vista la anterior solicitud presentada, por los ciudadanos, CESAR RAMON REINA GARCIA y KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.785.561 y V-13.288.434, respectivamente, asistidos por el Abogado RAFAEL JOSÉ PALMA DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.964, y por cuanto la misma se fundamenta en la causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, Désele entrada en el libro de Solicitudes bajo el N° S-279 SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Así mismo por cuanto dicha solicitud esta fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, se ordena citar al Fiscal del Ministerio Público, mediante boleta, anexándole copia certificada de la solicitud, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro del lapso de diez (10) días siguientes a su citación, para que exponga lo que considere conveniente en relación a la misma. Líbrese boleta.
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
LA SECRETARIA TEMP,
Abg. MARIA G. HERNANDEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto fueron consignados los fotostatos.
LA SECRETARIA TEMP,
Abg. MARIA G. HERNANDEZ
AO/ld..
Solicitud N° S-279
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
Ocumare del Tuy, 22 de Febrero del 2005
194° y 146°
BOLETA DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
Al Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público (ENCARGADO), Abg. DOUGLAS ENRIQUE MEDINA PEREZ, que con motivo del juicio signado bajo el N° S-279 fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil, intentada por los ciudadanos CESAR RAMON REINA GARCIA y KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.785.561 y V-13.288.434, respectivamente. Se ha ordenado su citación para que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI
CITADO: -------------------------------------------- FECHA---------------------
HORA: --------------------------------------
AO/ld.
Solicitud N° S-279.