REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Cuatro (04) de Febrero del Dos Mil Cinco (2005).
194 y 145º

Con vista a que los ciudadanos: LUIS RAUL HERNÁNDEZ AMARO, MARIA ALEJANDRA HERNÁNDEZ ARMAS, SONIA HERNÁNDEZ DE ESPARRAGOZA Y RAUL JAVIER HERNÁNDEZ ARMAS, Venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las Cédulas de identidad Nº V- 2.524.476, V-14.838.821 y V-5.153.105, siendo el ultimo de los nombrados, la persona cuya interdicción ha sido solicitada en la presente causa, no comparecieron en la oportunidad establecida en el auto dictado por este Tribunal en fecha 25 de Mayo del 2004, con relación a la solicitud de Interdicción que se ventila por ante este despacho. El Tribunal con vista a que la presente causa esta siendo llevada directamente por la Fiscal Décima Cuarta (14º) del Ministerio Publico Dra. MARY TORO DEL ROSARIO y en este caso, es necesario que se fije una nueva oportunidad a los fines de que se proceda a tomar declaración a los testigos y a la persona de quien dicha interdicción se trata, en consecuencia se fija el Tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy a las (10:00), (10:30) y (11:00) de la mañana, a los fines de que se proceda a tomar las respectivas declaraciones a los ciudadanos antes señalados y al ciudadano: RAUL JAVIER HERNÁNDEZ ARMAS, de 26 años de edad, se ordena la comparecencia del mismo al Tercer (3º) día de despacho, al vencimiento del termino anteriormente señalado Up-Supra, a las Diez (10:00) de la mañana. CUMPLASE.



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI LA SECRETARIA TEMP
Abg. MARIA G HERNÁNDEZ


AO/Nelsa
Exp: 129-04.