REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de febrero de dos mil cinco (2005).-
194° y 145°
Vista la solicitud de MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR interpuesta por la ciudadana VIRGINIA DEL VALLE CUMANA, en su carácter de parte actora, asistida por el abogado FRANCISCO ARMANDO DUARTE ARAQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.306, en su escrito libelar sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada HOUSE PROYEC DE VENEZUELA representada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARCANO CAGUANA, el Tribunal a los fines de emitir pronunciamiento al respecto, ordena abrir el cuaderno de medidas respectivo. CUMPLASE.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
EXP N° 14733
MJFT/Jenny.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de febrero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°
Conforme a lo ordenado en el auto de esta misma fecha, se abre el presente Cuaderno de Medidas, y a los fines de proveer sobre la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la parte actora en el libelo de demanda en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la ciudadana VIRGINIA DEL VALLE CUMANA contra la empresa HOUSE PROYEC DE VENEZUELA, representada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARCANO CAGUANA, el cual se sustancia en el Expediente N°.14733 y por cuanto se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley establecidos en el artículo 585 en concordancia con el artículo 588 literal 3° del Código de Procedimiento Civil se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre: dos (02) lotes de terreno, que forman parte de las fincas Las Guamas y Lagunetica, ubicadas en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, a cuatro (04) kilómetros de la Ciudad de Los Teques, identificados de la siguiente manera: El primer lote: Con una extensión de CIENTO DIEZ Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (116,352,40 M2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., comenzando desde el punto topográfico 1-A. con coordenadas N1.144.275.90 y E710.730.75, hasta el punto A-4A, con coordenadas N1.144.258.452 y E710.557.075, en una longitud de 174,55 mts; OESTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., desde el punto A-4A, cuyas coordenadas ya se citaron, hasta el punto 81, con coordenadas N1.144.128.837 y E710.595.606, en una longitud de 135,22 Mts; desde el punto 81 hasta el punto L7, con coordenadas N1.144.047.853 y E710.591.425, en una longitud de 81,10 Mts, desde el punto L7, hasta el punto L6, con coordenadas N1.144.021.022 y E710.517.982, en una longitud de 78,19 Mts; desde el punto L6, hasta el punto PL-2 (S-7A), con coordenadas N1.143.937.830 y E710.459.351, en una longitud de 101,77 Mts; SUR: Con terrenos que son o fueron de las Lomas de San Antonio C.A., desde el punto topográfico PL-2 (S-7A), cuyas coordenadas ya se citaron, hasta el punto PL-1, con coordenadas N1.143.941.070 y E710.560.859, en una longitud de 101,56 Mts; desde el punto PL-1, hasta el punto S-7, con coordenadas N1.143.942.616 y E710.607.814, en una longitud de 46,98 Mts; desde el punto S-7, hasta el punto B-1, con coordenadas N1.143.939.675 y E710.624.493, en una longitud de 16,94 Mts; desde el punto B-1, hasta el punto A, con coordenadas N1.143.901.804 y E710.618.487, en una longitud de 38,35 Mts; desde el punto A, hasta el punto D-16, con coordenadas N1. 143.875.754 y E710.633.968, en una longitud de 30,30 Mts; desde el punto D-16, hasta el punto Q, con coordenadas N1.143.852.644 y E710.681.286, en una longitud de 52,66 Mts; desde el punto Q, hasta el punto L-O, con coordenadas N1.143.849.954 y E710.779.345, en una longitud de 98,09 Mts; desde el punto L-O, hasta el punto A-1, con coordenadas N1.143.910.463 y E710.924.877, en una longitud de 157,62 Mts; desde el punto A-1 hasta el punto 1-D, con coordenadas N1.143.953.100 y E710.957.400, en una longitud de 53,63 Mts; y ESTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A y Pedro Vicente Sánchez, desde el punto 1-D, cuyas coordenadas ya se citaron, siguiendo el punto 1-C, con coordenadas N1. 144.158.818 y E710.810.014, con una longitud de 253,07 Mts; desde el punto 1-C hasta el punto 1-B con coordenadas N1. 144.207.90 y E710.750.80, en una longitud de 76,91 Mts; y desde el punto 1-B, hasta el punto 1-A, cuyas coordenadas ya están señaladas, en una longitud de 70,89 Mts, y es el punto en donde se dio inicio a los linderos de este lote tal y como consta de los planos topográficos agregados al cuaderno de comprobantes en fecha 15 de junio de 2000 bajo los Nros. 1432, 1433 y 1434, folios 1.831, 1.832 y 1.833.- El segundo lote: Con una extensión de CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (56.747,52 M2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de la sucesión Grimán y Mauricio Adrián partiendo desde el punto L-11A coordenadas N1.144.160.000 y E710.586.500 hasta el punto L-11 con coordenadas N1.144.167.100 y E710.568.860 en una longitud de 19,01 mts, desde el punto L-11 hasta el L-12 con coordenadas N1.144.167.440 y E710.544.720 en una longitud de 24,14 mts, desde el punto L-12 hasta el punto L-13 con coordenadas N1.144.158.960 y E710.513.400 en una longitud de 32,45 mts desde el punto L-13 hasta el punto L-14 con coordenadas N1.144.135.930 y E710.505.960 en una longitud de 24,20 mts, desde el punto L-14 hasta el punto L-15-A con coordenadas N1.144.096.500 y E710.492.000 en una longitud de 41,83 mts, desde el punto L-15-A hasta el punto L-15 con coordenadas N1.144.069.250 y E710.470.220 en una longitud de 34,88 mts, desde el punto L-15 hasta el punto L-16 con coordenadas N1. 144.062.150 y E710.450.950 en una longitud de 20,54 Mts, desde el punto L-16 hasta el punto L-17 con coordenadas N1.144.049.120 y E710.444.530 en una longitud de 14,53 mts desde el punto L-17 hasta el punto L-18 con coordenadas N1.144.028.730 y E710.420.370 en una longitud de 31,61 Mts, desde el punto L-18 hasta el L-19 con coordenadas N1.144.020.870 y E710.403.750 en una longitud de 18,38 mts desde el punto L-19 hasta el L-20 con coordenadas N1.144.023.920 y E710.378.870 en una longitud de 25,07 mts, desde el punto L-20 hasta el punto L-10C con coordenadas N1.144.043.000 y E710.318.000 en una longitud de 29,00 mts, desde el punto L-10B hasta el punto L-10A con coordenadas N1.144.048.500 y E710.265.300 en una longitud de 54,93 mts, desde el punto L-10A hasta el L-10 con coordenadas N1. 144.046.880 y E710.254.930 en una longitud de 10,50 mts, desde el punto L-10 hasta el punto L-9 con coordenadas N1.144.053.070 y E710.244.590 en una longitud de 12,05 mts desde el punto L-9 hasta el punto L-8 con coordenadas N1. 144.028.590 y E-710.213.060 en una longitud de 39,92 mts desde el punto L-8 hasta el L-7 con coordenadas N1. 144.015.060 y E710.201.190 en una longitud de 18,00 mts, desde el punto L-7 hasta el punto L-6 con coordenadas N1.144.010.210 y E710.184.710 en una longitud de 17,18 mts desde el punto L-6 hasta L-6ª con coordenadas N1. 144.003.500 y E710.158.000 en una longitud de 27,54 mts, desde el punto L-6A hasta el punto L-5B con coordenadas N1.143.997.500 y E710.140.500 en una longitud de 18,50 mts, desde el punto L-5B hasta el punto L-5A con coordenadas N1. 144.002.000 y E710.118.500 en una longitud de 22,46 mts; OESTE: Con terrenos que son o fueron de Lucas García o Carmelita Arguinzones partiendo del punto L-5A cuyas coordenadas ya fueron mencionadas siguiendo el punto L-5 con coordenadas N1. 143.976.580 y E710.126.730 en una longitud de 26,72 mts, desde el punto L-5 hasta el punto L-4 con coordenadas N1. 143. 945.350 y E710.130.420 en una longitud de 31,45 mts desde el punto L-4 hasta el punto L-3 con coordenadas N1.143.929.330 y E710.125.910 en una longitud de 16,64 mts desde el punto L-3 hasta el punto L-2 con coordenadas N1. 143.903.170 y E710.107.990 en una longitud de 31,71 mts, desde el punto L-2 hasta el punto L-1 con coordenadas N1. 143.884.320 y E710.097.310 en una longitud de 21, 66 mts, desde el punto L-1 hasta el punto X-27 con coordenadas N1. 143.862.970 Y e710.088.250 en una longitud de 23,19 mts; SUR: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., partiendo del punto X-27 cuyas coordenadas ya fueron señaladas hasta el punto PL-4= AUX53 con coordenadas N1. 143.894.710 Y E710.190.860 en una longitud de 107,41 mts, desde el punto PL-4= AUX53 hasta el punto S-7A con coordenadas N1. 143.933.500 y E710.321.400 en una longitud de 136,18 mts, desde el punto S-7A hasta el punto A-12=PL-3 con coordenadas N1.143.935.030 y E710.367.790 en una longitud de 46,41 mts, desde el punto A-12=PL-3 hasta el punto A-11=P1-2 con coordenadas N1.143.937.850 y E710.459.260 en una longitud de 91,51 mts, desde el punto A-11=PL-2 hasta el punto L-6 con coordenadas N1.144.021.020 y E710.517.980 en una longitud de 101,81 mts, desde el punto L-6 hasta el punto L-7 con coordenadas N1. 144.047.850 y E710.591.420 en una longitud de 78,19 mts; y ESTE: Con terrenos que son o fueron de Lomas de San Antonio C.A., partiendo desde el punto L-7 ya identificado hasta el punto 81 con coordenadas N1. 144.128.840 y E710.595.610 en una longitud de 81,10 mts desde el punto 81 hasta llegar al punto L-11A ya señalado en una longitud de 32,46 mts, que es el punto en donde se dio inicio a los linderos de este lote.. Dichos lotes de terreno le pertenecen a la parte demandada HOUSE PROYEC DE VENEZUELA, representada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARCANO CAGUANA según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, de fecha 15 de junio de 2000, bajo el N° 40, Protocolo Primero, Tomo 18.-. Ofíciese lo conducente al ciudadano Registrador Subalterno correspondiente, participándole sobre la medida decretada, e indicándole la titularidad y demás datos relativos al inmueble en cuestión.- Líbrese oficio y déjese constancia de lo actuado.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA ACC.
MJFT/ Jenny
EXP. N° 14733
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Los Teques, 03 de febrero de 2005.
194° y 145°
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Me dirijo a Usted, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que por ante este Tribunal, cursa expediente signado con el N° 14733, contentivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue por ante este Tribunal la ciudadana VIRGINIA DEL VALLE CUMANA contra la empresa HOUSE PROYEC DE VENEZUELA, representada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARCANO CAGUANA, que por auto de esta misma fecha y de conformidad con lo establecido en el articulo 585 en concordancia con el artículo 588 literal 3° del Código de Procedimiento, este Tribunal DECRETO MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, constituido por dos (02) lotes de terreno, que forman parte de las fincas Las Guamas y Lagunetica, ubicadas en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, a cuatro (04) kilómetros de la Ciudad de Los Teques, identificados de la siguiente manera: El primer lote: Con una extensión de CIENTO DIEZ Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (116,352,40 M2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., comenzando desde el punto topográfico 1-A. con coordenadas N1.144.275.90 y E710.730.75, hasta el punto A-4A, con coordenadas N1.144.258.452 y E710.557.075, en una longitud de 174,55 mts; OESTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., desde el punto A-4A, cuyas coordenadas ya se citaron, hasta el punto 81, con coordenadas N1.144.128.837 y E710.595.606, en una longitud de 135,22 Mts; desde el punto 81 hasta el punto L7, con coordenadas N1.144.047.853 y E710.591.425, en una longitud de 81,10 Mts, desde el punto L7, hasta el punto L6, con coordenadas N1.144.021.022 y E710.517.982, en una longitud de 78,19 Mts; desde el punto L6, hasta el punto PL-2 (S-7A), con coordenadas N1.143.937.830 y E710.459.351, en una longitud de 101,77 Mts; SUR: Con terrenos que son o fueron de las Lomas de San Antonio C.A., desde el punto topográfico PL-2 (S-7A), cuyas coordenadas ya se citaron, hasta el punto PL-1, con coordenadas N1.143.941.070 y E710.560.859, en una longitud de 101,56 Mts; desde el punto PL-1, hasta el punto S-7, con coordenadas N1.143.942.616 y E710.607.814, en una longitud de 46,98 Mts; desde el punto S-7, hasta el punto B-1, con coordenadas N1.143.939.675 y E710.624.493, en una longitud de 16,94 Mts; desde el punto B-1, hasta el punto A, con coordenadas N1.143.901.804 y E710.618.487, en una longitud de 38,35 Mts; desde el punto A, hasta el punto D-16, con coordenadas N1. 143.875.754 y E710.633.968, en una longitud de 30,30 Mts; desde el punto D-16, hasta el punto Q, con coordenadas N1.143.852.644 y E710.681.286, en una longitud de 52,66 Mts; desde el punto Q, hasta el punto L-O, con coordenadas N1.143.849.954 y E710.779.345, en una longitud de 98,09 Mts; desde el punto L-O, hasta el punto A-1, con coordenadas N1.143.910.463 y E710.924.877, en una longitud de 157,62 Mts; desde el punto A-1 hasta el punto 1-D, con coordenadas N1.143.953.100 y E710.957.400, en una longitud de 53,63 Mts; y ESTE: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A y Pedro Vicente Sánchez, desde el punto 1-D, cuyas coordenadas ya se citaron, siguiendo el punto 1-C, con coordenadas N1. 144.158.818 y E710.810.014, con una longitud de 253,07 Mts; desde el punto 1-C hasta el punto 1-B con coordenadas N1. 144.207.90 y E710.750.80, en una longitud de 76,91 Mts; y desde el punto 1-B, hasta el punto 1-A, cuyas coordenadas ya están señaladas, en una longitud de 70,89 Mts, y es el punto en donde se dio inicio a los linderos de este lote tal y como consta de los planos topográficos agregados al cuaderno de comprobantes en fecha 15 de junio de 2000 bajo los Nros. 1432, 1433 y 1434, folios 1.831, 1.832 y 1.833.- El segundo lote: Con una extensión de CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (56.747,52 M2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de la sucesión Grimán y Mauricio Adrián partiendo desde el punto L-11A coordenadas N1.144.160.000 y E710.586.500 hasta el punto L-11 con coordenadas N1.144.167.100 y E710.568.860 en una longitud de 19,01 mts, desde el punto L-11 hasta el L-12 con coordenadas N1.144.167.440 y E710.544.720 en una longitud de 24,14 mts, desde el punto L-12 hasta el punto L-13 con coordenadas N1.144.158.960 y E710.513.400 en una longitud de 32,45 mts desde el punto L-13 hasta el punto L-14 con coordenadas N1.144.135.930 y E710.505.960 en una longitud de 24,20 mts, desde el punto L-14 hasta el punto L-15-A con coordenadas N1.144.096.500 y E710.492.000 en una longitud de 41,83 mts, desde el punto L-15-A hasta el punto L-15 con coordenadas N1.144.069.250 y E710.470.220 en una longitud de 34,88 mts, desde el punto L-15 hasta el punto L-16 con coordenadas N1. 144.062.150 y E710.450.950 en una longitud de 20,54 Mts, desde el punto L-16 hasta el punto L-17 con coordenadas N1.144.049.120 y E710.444.530 en una longitud de 14,53 mts desde el punto L-17 hasta el punto L-18 con coordenadas N1.144.028.730 y E710.420.370 en una longitud de 31,61 Mts, desde el punto L-18 hasta el L-19 con coordenadas N1.144.020.870 y E710.403.750 en una longitud de 18,38 mts desde el punto L-19 hasta el L-20 con coordenadas N1.144.023.920 y E710.378.870 en una longitud de 25,07 mts, desde el punto L-20 hasta el punto L-10C con coordenadas N1.144.043.000 y E710.318.000 en una longitud de 29,00 mts, desde el punto L-10B hasta el punto L-10A con coordenadas N1.144.048.500 y E710.265.300 en una longitud de 54,93 mts, desde el punto L-10A hasta el L-10 con coordenadas N1. 144.046.880 y E710.254.930 en una longitud de 10,50 mts, desde el punto L-10 hasta el punto L-9 con coordenadas N1.144.053.070 y E710.244.590 en una longitud de 12,05 mts desde el punto L-9 hasta el punto L-8 con coordenadas N1. 144.028.590 y E-710.213.060 en una longitud de 39,92 mts desde el punto L-8 hasta el L-7 con coordenadas N1. 144.015.060 y E710.201.190 en una longitud de 18,00 mts, desde el punto L-7 hasta el punto L-6 con coordenadas N1.144.010.210 y E710.184.710 en una longitud de 17,18 mts desde el punto L-6 hasta L-6ª con coordenadas N1. 144.003.500 y E710.158.000 en una longitud de 27,54 mts, desde el punto L-6A hasta el punto L-5B con coordenadas N1.143.997.500 y E710.140.500 en una longitud de 18,50 mts, desde el punto L-5B hasta el punto L-5A con coordenadas N1. 144.002.000 y E710.118.500 en una longitud de 22,46 mts; OESTE: Con terrenos que son o fueron de Lucas García o Carmelita Arguinzones partiendo del punto L-5A cuyas coordenadas ya fueron mencionadas siguiendo el punto L-5 con coordenadas N1. 143.976.580 y E710.126.730 en una longitud de 26,72 mts, desde el punto L-5 hasta el punto L-4 con coordenadas N1. 143. 945.350 y E710.130.420 en una longitud de 31,45 mts desde el punto L-4 hasta el punto L-3 con coordenadas N1.143.929.330 y E710.125.910 en una longitud de 16,64 mts desde el punto L-3 hasta el punto L-2 con coordenadas N1. 143.903.170 y E710.107.990 en una longitud de 31,71 mts, desde el punto L-2 hasta el punto L-1 con coordenadas N1. 143.884.320 y E710.097.310 en una longitud de 21, 66 mts, desde el punto L-1 hasta el punto X-27 con coordenadas N1. 143.862.970 Y e710.088.250 en una longitud de 23,19 mts; SUR: Con terrenos que son o fueron de Las Lomas de San Antonio C.A., partiendo del punto X-27 cuyas coordenadas ya fueron señaladas hasta el punto PL-4= AUX53 con coordenadas N1. 143.894.710 Y E710.190.860 en una longitud de 107,41 mts, desde el punto PL-4= AUX53 hasta el punto S-7A con coordenadas N1. 143.933.500 y E710.321.400 en una longitud de 136,18 mts, desde el punto S-7A hasta el punto A-12=PL-3 con coordenadas N1.143.935.030 y E710.367.790 en una longitud de 46,41 mts, desde el punto A-12=PL-3 hasta el punto A-11=P1-2 con coordenadas N1.143.937.850 y E710.459.260 en una longitud de 91,51 mts, desde el punto A-11=PL-2 hasta el punto L-6 con coordenadas N1.144.021.020 y E710.517.980 en una longitud de 101,81 mts, desde el punto L-6 hasta el punto L-7 con coordenadas N1. 144.047.850 y E710.591.420 en una longitud de 78,19 mts; y ESTE: Con terrenos que son o fueron de Lomas de San Antonio C.A., partiendo desde el punto L-7 ya identificado hasta el punto 81 con coordenadas N1. 144.128.840 y E710.595.610 en una longitud de 81,10 mts desde el punto 81 hasta llegar al punto L-11A ya señalado en una longitud de 32,46 mts, que es el punto en donde se dio inicio a los linderos de este lote.. Dichos lotes de terreno le pertenecen a la parte demandada HOUSE PROYEC DE VENEZUELA, representada por el ciudadano JOSE FRANCISCO MARCANO CAGUANA según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, de fecha 15 de junio de 2000, bajo el N° 40, Protocolo Primero, Tomo 18.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
MJFT/Jenny
Exp. 14733