JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, catorce Febrero de 2005.-
194° y 145º
Recibido por distribución, el escrito presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PEREZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.218.541, domiciliada en Zorca Aldea Urdaneta, Jurisdicción del Municipio Independencia, Distrito Capacho, Estado Táchira, asistida por la Abogada VIANY MARIBEL NIÑO RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.448, constante de un (01) folio útil, acompañado de Justificativo evacuado por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira constante de siete (07) folios útiles. Fórmese Expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y por cuanto en autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PEREZ DE SANCHEZ. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle su JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, catorce Febrero de 2005.-
194° y 145º
Recibido por distribución, el escrito presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PEREZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.218.541, domiciliada en Zorca Aldea Urdaneta, Jurisdicción del Municipio Independencia, Distrito Capacho, Estado Táchira, asistida por la Abogada VIANY MARIBEL NIÑO RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.448, constante de un (01) folio útil, acompañado de Justificativo evacuado por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira constante de siete (07) folios útiles. Fórmese Expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y por cuanto en autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PEREZ DE SANCHEZ. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre unas mejoras construidas consistentes en cinco (05) habitaciones, sala, cocina, baño, paredes de bloque, pisos de cemento pulido, techo de zinc, sobre un terreno propio ubicado en Zorca Aldea Urdaneta, Jurisdicción del Municipio Independencia, Distrito Capacho, Estado Táchira, alinderado así: ORIENTE: Con terrenos del vendedor, mide quince metros (15 Mts), OCCIDENTE: Con terrenos del vendedor, mide quince metros (15 Mts), NORTE: Terrenos del vendedor, hoy camino vecinal, mide diez metros (10 Mts), SUR: Con terrenos de Alix Bustamante y Adolfo Salamanca, mide diez metros (10 Mts), Adquisición que consta en documento registrado en el Registro Subalterno del distrito Capacho, Estado Táchira, inserto bajo el N° 94, Folios 168al 170, Tomo 2, Protocolo Primero, de fecha 02 de Septiembre de 1.985. Dicha mejoras están valoradas en un costo de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.500.000,00)).
Según lo declarado por los testigos ciudadanos ANGEL ENRIQUE CAMACHO PARRA y JOSE GREGORIO CHACON GUERRA, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de Terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, y devuélvase las originales de las mismas al interesado a los fines de su Registro
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA. TEMPORAL
Elena
derecho de propiedad sobre unas mejoras construidas consistentes en cinco (05) habitaciones, sala, cocina, baño, paredes de bloque, pisos de cemento pulido, techo de zinc, sobre un terreno propio ubicado en Zorca Aldea Urdaneta, Jurisdicción del Municipio Independencia, Distrito Capacho, Estado Táchira, alinderado así: ORIENTE: Con terrenos del vendedor, mide quince metros (15 Mts), OCCIDENTE: Con terrenos del vendedor, mide quince metros (15 Mts), NORTE: Terrenos del vendedor, hoy camino vecinal, mide diez metros (10 Mts), SUR: Con terrenos de Alix Bustamante y Adolfo Salamanca, mide diez metros (10 Mts), Adquisición que consta en documento registrado en el Registro Subalterno del distrito Capacho, Estado Táchira, inserto bajo el N° 94, Folios 168al 170, Tomo 2, Protocolo Primero, de fecha 02 de Septiembre de 1.985. Dicha mejoras están valoradas en un costo de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.500.000,00)).
Según lo declarado por los testigos ciudadanos ANGEL ENRIQUE CAMACHO PARRA y JOSE GREGORIO CHACON GUERRA, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de Terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, y devuélvase las originales de las mismas al interesado a los fines de su Registro
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA. TEMPORAL
Elena
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