JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veinticuatro de Febrero de dos mil cinco.-
194º y 145º
Por recibido por distribución constante de un (01) folio útil, con anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por la ciudadana MYRIAM LUCIA GUZMÁN DE OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.462.779, domiciliada en Rubio, Estado Táchira, asistida por el Abogado FELIPE ORESTERES CHACON MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.439, en el que expone, que en fecha 09 de Enero de 2.005, falleció el ciudadano NELSON ALBERTO OCHOA, tal y como consta en el Acta de Defunción N° 08, de fecha 09 de Enero de 2005, expedida por la Prefectura del Municipio Junín, Estado Táchira, acompañado de Justificativo de testigos evacuados por ante el Juzgado del Municipio Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira, de fecha 01 de Febrero de 2.005. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos, MYRIAM LUCIA GUZMÁN DE OCHOA ya identificada, y a JOSMAN ALBERTO OCHOA GUZMAN, JOALBERT ENRIQUE OCHOA GUZMAN y JOSNERI MEIDEL OCHOA GUZMAN en su condición de esposa la primera e hijos los últimos, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido NELSON ALBERTO OCHOA.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-


REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA


Elena