JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 23 de febrero de 2005.-

Por recibido constante de 12 folios útiles, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. Vistos los recaudos que se acompañan a la misma, consistentes en: 1) Justificativo de testigos: Evacuados por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristòbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Tàchira, donde declaran el día 02 de febrero de 2005, los ciudadanos HEDILBERTO DEL CARMEN JAIMES BELANDRIA Y YOLANDA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.816.371 y V-1.795.751 respectivamente; 2) Acta de defunción No. 52: de fecha 21 de octubre de 2002, correspondiente al de cujus HERMINIO MENDEZ PEREZ, expedida por la Prefectura del Municipio Uribante, Estado Táchira. 3) Partida de Nacimiento: No.51 de fecha 12 de Marzo de 2004, correspondiente RAMON LEONIDAS MENDEZ PEREZ, expedida por la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira.
En tal virtud, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo declara suficiente para asegurarle al ciudadano ARAMON LEONIDAS MENDEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.790.346, su derecho como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de-cujus HERMINIO MENDEZ PEREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-. 177.643
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Dr. Carlos Martín Galvis Hernández
Juez Provisorio
Abg. Margiore Rojas Alarcón Secretaria

Sol. 1372