REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: SE RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad al imputado BOHORQUEZ SALCEDO ELGAR, venezolano, natural de Caracas, nacido el 06-02-1973, de 32 años de edad, dice ser titular de la cédula de identidad Nº V.-11.668.570, de estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de Pedro Bohórquez y Yadira Salcedo, ambos vivos, residenciado en Caracas, Petare, Barrio Unión, N° 43, calle principal, a dos cuadras de la cancha, Distrito Capital, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN y PRIVACIÓN ILGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en los artículos 375 y 175, en su primer aparte del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Andrys Melissa León Comas. SEGUNDO: Se acuerda la prosecución de la presente causa por los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y la emisión de las actuaciones a la Fiscalía Dieciocho del Ministerio. TERCERO: Se acuerda la práctica de un Reconocimiento en Rueda de individuos, para el día Miércoles 23 de Febrero del presente año a las 2:00 de la tarde. CUARTO: Se acuerda la solicitud de la defensa en sentido de que el imputado de autos quede recluido en la Dirección de Seguridad y Orden Público, hasta tanto no se realice la Prueba de Reconocimiento en Rueda de Individuos. Líbrese Oficio a la Oficina de alguacilazgo para el Reconocimiento en Rueda de Individuos. Líbrese Boleta de Privación a la Dirección de Seguridad y Orden Público.
La presente decisión se dictó oralmente en presencia de las partes en esta audiencia, quedando debidamente transcrita en esta Acta, publicada y las partes notificadas.-