REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DE LA CIRCUNCRIPCION DEL ESTADO TACHIRA.- SAN CRISTOBAL DIEZ (10) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
194º y 145º
DEFINITIVAMENTE FIRME COMO HA QUEDADO LA DECISIÓN, dictada por el Tribunal Primera Instancia en Función de JUICIO del Sistema de Responsabilidad del Adolescente, Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha Seis (06) de Diciembre del año dos mil cuatro , que corre inserto del folio 645 al 651 de la pieza II y al folio 652 de la pieza II queda firme la decisión con respecto al adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), donde lo sancionan con la medida de PRIVACION DE LA LIBERTAD, por el lapso de Un (01) año y Cuatro (04) meses de conformidad con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente meses, simultáneamente la imposición de la medida de REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de Seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 624 y 622 ejusdem y la sanciòn de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por un lapso de Seis (06) meses con una jornada semanal de Cuatro (04) horas , de conformidad con lo establecido al articulo 625 en concordancia con el 622 ibidem, en cuanto a la reglas de conducta deberá 1.- Someterse a orientaciones Psiquiàtricas y Psicológicas por parte de los expertos adscritos a esta Sección Penal de Adolescentes, acompañado por su progenitora ciudadana Catalina Pérez y 2.- Realizar curso de capacitación de acuerdo con sus habilidades; Por cuanto se mantiene las medidas cautelares sustitutiva de libertad por el Tribunal de Juicio en fecha 18-11-04 conforme al artículo 582 literales “b, c, d y f” las cuales consisten en; b.- Obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informara regularmente al tribunal para ello se designan a los Psicólogos y Psiquiatras adscrito a esta sección penal de adolescentes; c.- Presentarse por ante este Tribunal cada Quince (15) días; d.- Prohibición de Salir de la Jurisdicción del Estado Táchira sin la debida autorización de este Tribunal de Ejecución; f.-Prohibición de mantener contacto físico o verbal con las victimas y sus familiares. Por los delitos de Robo Arrebaton, Robo, Porte Ilícito de Arma de Fuego, Resistencia a la Autoridad y Homicidio Agravado en Grado de Frustración
EJECUTESE LA MEDIDA IMPUESTA Y HAGASE EL COMPUTO DE LEY EN LA OPRTUNIDAD CORRESPONDIENTE, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable supletoriamente por disposición de la Ley que rige la materia, en concordancia con el 484 ejusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), en caso de que la hubiere. A los fines de ejecutar la SANCION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, se ordena que dicha medida se cumpla en la Alcaldía del Municipio Lobatera del Estado Táchira. En cuanto a efectuar el computo correspondiente se ordena oficiar al Centro Diagnostico y Tratamiento “San Cristóbal”, a los fines de que informen detalladamente el tiempo que estuvo interno y si tuvo alguna evasión el mencionado adolescentes (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna). En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución ordenar oficiar al Centro Diagnostico y Tratamiento “San Cristóbal”; a los Servicios Auxiliares de esta Sección Penal del Adolescentes; a la Alcaldía del Municipio Lobatera y a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Noreste de Tàriba, a fin de que haga llegar la boleta de citación al adolescente en mención (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna) y a su progenitora. Notifíquese a las partes, Lìbrese boleta de citación.
DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ
JUEZ TEMPORAL DE EJECUCION
ABG. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES
SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha se libraron oficios bajo el Nº ______ al Centro Diagnostico y Tratamiento “San Cristóbal”; bajo Nº _______ a los Servicios Auxiliares de esta Sección Penal del Adolescentes; bajo Nº _______a la Dirsop de la Zona Noreste de Tàriba; bajo Nº _______ a la Alcaldía del Municipio Lobatera y se libraron boletas de notificaron y citación a las partes.-