REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques 16 de febrero de 2005
194º y 145º


CAUSA: 3U262/00

JUEZ: NELIDA IRIS CONTRERAS ARAUJO.
SECRETARIO: Abg. JOSÉ LUIS CHAPARRO.

ACUSADO: PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO
DEFENSA: Abgs. VICTOR DUARTE y FRANCISCO DUARTE
VÍCTIMA: LUIS HERNAN RODRÍGUEZ HERRERA
FISCAL: Abg. EDDI ROSALES SANNAZZARO.

Visto el escrito de fecha 10 de febrero de 2005, presentado por la ABG. ELENA LUIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública del acusado PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO, cursante a los folios 50 y 51 de la tercera pieza del expediente que contiene la presente causa, mediante el cual solicita a este Tribunal la EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES impuestas a su defendido, por este Juzgado en fecha 11 de mayo de 2004; este Tribunal antes de decidir observa lo siguiente:

PRIMERO: Cursa a los folios 196 al 204 ambos inclusive, de la segunda pieza del expediente que contiene la presente causa, Acta de Juicio Oral y Público, celebrada en fecha 11 de mayo del año 2004, en la cual este Juzgado acordó conceder al ciudadano PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, luego de que el mismo admitiera los hechos atribuidos por el Fiscal del Ministerio Público a los efectos de tal beneficio, imponiéndole entre otras condiciones la obligación de presentarse cada 08 días ante este Despacho.

SEGUNDO: Cursa a los folios 12 al 21, ambos inclusive, de la tercera pieza del expediente que contiene la presente causa, Sentencia publicada en fecha 03 de junio de 2004, por este Despacho, mediante la cual se acuerda el beneficio antes mencionado al acusado de autos.

TERCERO: Cursa a los folios 36 y 37 de la tercera pieza del expediente que contiene la presente causa, escrito de fecha 28 de julio de 2004, presentado por la abogado ELENA LUIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública del acusado PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO, mediante el cual solicita a este Tribunal la EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES impuestas a su defendido.

CUARTO: Cursa a los folios 38 al 42 de la tercera pieza del expediente que contiene la presente causa, decisión dictada por este Despacho en fecha 04 de agosto de 2004, mediante la cual se acuerda extender la obligación de presentarse de ocho (08) días a cada treinta (30) días.

QUINTO: Cursa a los folios 50 y 51 de la tercera pieza del expediente que contiene la presente causa, escrito de fecha 10 de febrero de 2005, presentado por la abogado ELENA LUIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública del acusado PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO, mediante el cual solicita nuevamente a este Tribunal la EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES impuestas a su defendido y que fueran modificadas en decisión de fecha 04/08/2004.

Ahora bien, una vez analizadas las actas que conforman el presente expediente, y verificado como ha sido el cumplimiento de las presentaciones por parte del acusado, este Tribunal considera pertinente la solicitud hecha por la defensa y en consecuencia extiende las presentaciones impuestas al ciudadano PEDRO ALEJANDRO BLONDEL CARIACO, es decir, que a partir de la presente fecha el acusado deberá presentarse ante este Tribunal cada cuarenta y cinco (45) días. Revisión que se hace de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.





DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud formulada por la defensa, referida a la EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES y se ACUERDA MODIFICARLAS, razón por la cual a partir de la presente fecha el acusado deberá presentarse ante este Tribunal cada cuarenta y cinco (45) días. Todo conforme con lo previsto en los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese, publíquese, notifíquese a las partes conforme con lo dispuesto en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO

NELIDA IRIS CONTRERAS ARAUJO
EL SECRETARIO

Abg. JOSÉ LUIS CHAPARRO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
Abg. JOSÉ LUIS CHAPARRO

NICA/jlchc
Act N° 3U-262-00.