REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 14 Febrero 2005
194° y 145°
CAUSA NRO 3E-2866-03
JUEZ: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
SECRETARIO: EDUARDO SANCHEZ
PENADO: YONNY DAVID RODRIGUEZ
Visto que en fecha 03 de Febrero del 2005, se recibió oficio No 057 ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, emanado del Centro Experimental de Reclusión y Rehabilitación de Jóvenes Adultos Vinculados a Delitos Contemplados en la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en donde informó que el penado YONNY DAVID RODRIGUEZ, Titular de la cédula de identidad No.V.9488.972, penado en la causa signada con el Nro. 3E-2866-03, cumple con el perfil para ingresar a ese Centro de Reclusión y Rehabilitación, según el informe realizado por el equipo técnico de dicha institución requiriéndose únicamente la autorización respectiva por el Ministerio del Interior de Justicia (División de Traslado).
Este Tribunal para decidir, observa:
Revisadas como han sido las presente actuaciones evidenciándose que efectivamente el ciudadano YONNY DAVID RODRIGUEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nro V- 9.488.972 penado en la causa signada con el Nro. 3E-2866-03, el cual se encuentra Recluido en el Internado Judicial de los Teques Estado miranda, y por cuanto el penado antes mencionado cumplió con los requerimientos exigidos por ese centro de Reclusión y Rehabilitación para poder ingresar, es por lo que este Tribunal declara CON LUGAR, la solicitud presentada por el penado YONNY DAVID RODRIGUEZ, y acuerda ordenar su traslado del Internado Judicial de los Teques Estado Miranda. Al Centro Experimental de Reclusión y Rehabilitación Cerra Aragua . ASI SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Acuerda el traslado del penado YONNY DAVID RODRIGUEZ, ampliamente identificado en autos anteriores y titular de la Cédula de identidad No.V. 9.488.972, el cual se encuentra recluido en el Internado Judicial de los Teques Estado miranda, al Centro Cerra Aragua, en virtud de que dio cumplimiento con todas los exigencias pretendidas por ese centro. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal de la presente decisión y Librense oficios dirigidos al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Interior y Justicia con sede en Caracas, Distrito Capital, al Director del internado Judicial de los Teques y al Director del Centro Experimental de Reclusión y Rehabilitación Cerra Aragua, notificándole de la presente Decisión. CUMPLASE,
EL JUEZ,
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SANCHEZ
.
JGHL/ES/rosmary
Causa No. 3E-2866-03