REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO DE SEGUNDO DE CONTROL
Guarenas, 25 de Febrero de 2005
194° y 145°
Visto la solicitud de fecha 22 de Febrero del año en curso, hecha por la ciudadana: DUIBIS BLANCO, en su condición de hermana del ciudadano: SAIDU LEONEL BLANCO, mediante el cual solicita el traslado del ya citado ciudadano, al CENTRO CLINICO BUENA VENTURA, a los fines de practicarle el examen Medico ECO DOPPER VENOSA, que se realiza en dicho Centro Medico los días Miércoles, el cual es requerido por el medico tratante. este Tribunal conforme a lo previsto en el articulo 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en el articulo 55, 26 y 19 de nuestra Magna Carta, a los fines de garantizar el derecho a la salud, igualmente al Derecho a la Vida del imputado. se acuerda su traslado a dicho Centro Medico, en consecuencia Librese oficio al Director del Internado Judicial el Rodeo II a fin de efectuar el traslado del ciudadano: SAIDU LEONEL BLANCO, a quien se le sigue causa por ante este Tribunal bajo el N° 2C00125-04, con las seguridades del caso el dia Miércoles en el horario de 11:00 a.m a 3:00 p.m. Cúmplase.-
DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SANTIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SANTIN