REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 250 ejusdem, REVOCA la medida judicial de privación preventiva de libertad que le fuere impuesta a la ciudadana YEUDY YOLITZA DE RAMOS, y en su lugar se le impone de las medidas cautelares sustitutivas de libertad de las contempladas en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del texto adjetivo penal, por lo que deberá presentar dos fiadores que acrediten cada uno de ellos, capacidad económica de 90 U,T cumpliendo con los requisitos formales establecidos; es decir, presentar las cartas de residencia y buena conducta respectivamente y una vez satisfecha la fianza, la imputada deberá presentarse por ante la oficina del servicio de Alguacilazgo de este circuito judicial y sede cada ocho (08) días durante el lapso de seis (06). Y ASI SE DECIDE.-
Notifíquese a las partes .
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL,
DRA. ALEJANDRA RIVAS ALIENDRES.
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO RUIZ
ARA/ara.-