REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecinueve (19) de julio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Visto el anterior libelo de demanda por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentado por el ciudadano NESTOR RAMÓN MEJÍAS ARIAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.427.244, debidamente asistido por las abogadas JENNY HERNÁNDEZ CAMARGO y MARNA HERNANEZ CASTRO, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 76.385 y 91.546 respectivamente, contra la ciudadana ISAURA LEÓN MARTÍN. Désele entrada en el libro de causas bajo el N° 25.210 y por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a la demandada, ciudadana ISAURA LEÓN MARTÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.871.309, para que comparezca ante este tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos que de su citación se haga, a dar contestación a la demanda incoada en su contra, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil de este despacho encargado de las citaciones. Líbrese compulsa. En cuanto a la medida solicitada este despacho proveerá por auto y cuaderno separado.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente porque faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HAS/ICBC/magaly
Exp. N° 25.210