REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.



Los Teques, 21 de Julio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°



Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GUILLERMO AGUSTÍN OROPEZA AVILAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.843.655, sobre las mejoras y bienhechurias, constituida sobre un lote de Terreno de su Propiedad, ubicado en el lugar denominado POTRERO DEL MEDIO, en Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado LENDRY WADDY MEJIAS SALINAS., inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.299. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO C..



EXP. NRO. 41.192
HJAS/ICBC/yd.