REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintiocho (28) de julio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°

Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por el ciudadano LUIS EMILIO GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.138.318, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LUIS EMILIO GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.138.318, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en una PARCELA DE TERRENO DE SU PROPIEDAD DISTINGUIDA CON LAS LETRAS Y NÚMERO U-141-A, UBICADA EN EL PARCELAMIENTO COLINAS DE CARRIZAL, JURISDICCIÒN DEL MUNICIPIO CARRIZAL, ESTADO MIRANDA. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado OSCAR JOSE CARO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.621. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ


HUMBERTO JOSE ANGRISANO SILVA




LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.


EXP. N° 41.207
HJAS/ICBC/bd*