REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; cuatro (04) de julio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, de la cédula de Identidad N° E- 81.089.083, sobre unas bienhechurías construidas en un lote Declara las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSÉ ANTONIO GONCALVES DE NOBREGA, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de terreno de su propiedad, ubicadas la calle Las Acacias del Parcelamiento Rural La Macarena Norte, distinguida con el N°115-B, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado, CARMELO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.762, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
Dr. HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO,
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
Exp N°41085
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BALNCO.