REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 07 de julio de 2005.
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por la ciudadana ALICIA ROSA MENDEZ APONTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.615.627, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ALICIA ROSA MENDEZ APONTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.615.627, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en una PARCELA DE TERRENO PROPIEDAD MUNICIPAL, UBICADA EN EL BARRIO EL VIGÌA, CALLE LUIS CORREA, CALLEJON EL CARMEN, CASA Nº 13, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO MIRANDA. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada, ALICIA ROSA MENDEZ APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.501. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ
HUMBERTO JOSE ANGRISANO SLIVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. N°.39.131
HJAS/ICBC/jenifer