REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Siete (7) de Julio de Dos Mil Cinco (2005).-
195° y 146°
Vista las actas que anteceden y luego de una revisión exhaustiva del presente expediente, se evidencia que en fecha 02-08-2004, la parte demandada, ciudadanos LUIS EDUARDO DUARTE, HUMBERTO GOMÉZ CRUZ Y MAGDALENO CEDEÑO, consignaron escrito de oposición a la demanda, por lo cual según lo establecido en el artículo 673 del Código de Procedimiento Civil, se dictó auto, suspendiendo el presente juicio de cuentas, y entendiéndose citadas a las partes para la contestación a la demanda dentro de los cinco (05) días siguientes a esa fecha, continuándose el mismo por los trámites del Procedimiento Ordinario. Así mismo se evidencia que la parte demandada no contestó, ni promovió prueba alguna que lo favoreciera, ni por sí ni por medio de Apoderado, por lo que este Tribunal, declara el presente juicio en estado de sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 677 del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE.
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N°088-04.