REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, once (11) de julio del año dos mil cinco (2005).
195º y 146º
Vistos los escritos de pruebas presentados por ambas partes y agregados en fecha 01 de los corrientes, este Tribunal por cuanto observa que las pruebas en ellos contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a las pruebas contenidas en el primer escrito presentado por la abogada en ejercicio NERY OROZCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.277, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano LENIN LOMBADO MOLINA PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.123.564, En cuanto a las pruebas testimoniales, del ciudadano JAVIER LOPEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Edificio Santa Rosa, Piso 3, Apartamento 6-A, Las Polonias Viejas, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que le fije oportunidad, con el objeto de que rinda declaración a los particulares contenidos en el escrito de pruebas del cual se le anexa copia certificada. En cuanto a las testimoniales, de los ciudadanos LUIS GARCIA VALOR Y LUIS RODRIGUEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Caracas, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los fines de que le fijen oportunidad, con el objeto de que rindan declaración a los particulares contenidos en el escrito de pruebas del cual se le anexa copia certificada. En cuanto a las pruebas contenidas en el segundo escrito presentado por la abogada en ejercicio NERY OROZCO, antes identificada, en sus Títulos II, III, IV, V y VI, referidas a las pruebas documentales, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a las pruebas contenidas en el Escrito presentado por la ciudadana AIDEE MARIA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.679.014, parte demandada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE RAMON MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.251, en su Capitulo II, referidas a las pruebas documentales, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la pruebas contenidas en su Capitulo III, referida a las pruebas testimoniales, de las ciudadanas ELIZABETH GORDON, RAIZA GARCIA POLANCO Y BRUNILDA COVA, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que le fijen oportunidad, con el objeto de que rindan declaraciones a los particulares que les serán formulados por la parte promovente. Líbrense comisión y oficios, dejándose constancia de lo actuado.
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/lisbeth
Exp Nº 14986



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 11 de julio de 2005
195º y 146º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de tres (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra el ciudadano AIDEE MARIA MEDINA, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO"


MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986
Anexo: lo indicado.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
QUE:
En el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra la ciudadana AIDEE MARIA MEDINA, la parte actora ha promovido la testimonial del ciudadano JAVIER LOPEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Edificio Santa Rosa, Piso 3, Apartamento 6-A, Las Polonias Viejas, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarle oportunidad para que comparezca ante ese despacho y declaren sobre los particulares contenidos en el escrito de pruebas, del cual se le anexa copia certificada.-
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.277.
Que la parte demandada tiene como apoderado judicial al abogado en ejercicio JOSE RAMON MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.251.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolverla original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los once (11) días del mes de julio de dos mil cinco (2005).- AÑOS: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986

















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 11 de julio de 2005
195º y 146º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de tres (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra el ciudadano AIDEE MARIA MEDINA, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO"


MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986
Anexo: lo indicado.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
QUE:
En el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra la ciudadana AIDEE MARIA MEDINA, la parte actora ha promovido las testimoniales de los ciudadanos LUIS GARCIA VALOR Y LUIS RODRIGUEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Ciudad de Caracas.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarles oportunidad para que comparezcan ante ese despacho y declaren sobre los particulares contenidos en el escrito de pruebas, del cual se le anexa copia certificada.-
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.277.
Que la parte demandada tiene como apoderado judicial al abogado en ejercicio JOSE RAMON MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.251.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolverla original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los once (11) días del mes de julio de dos mil cinco (2005).- AÑOS: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986

















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 11 de julio de 2005
195º y 146º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de tres (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra el ciudadano AIDEE MARIA MEDINA, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO"


MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986
Anexo: lo indicado.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
QUE:
En el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal el ciudadano LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA contra la ciudadana AIDEE MARIA MEDINA, la parte demandada ha promovido las testimoniales de los ciudadanos ELIZABETH GORDON, RAIZA GARCIA POLANCO Y BRUNILDA COVA, venezolanos, mayores de edad, de este domiciliado.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarles oportunidad para que comparezcan ante ese despacho y declaren sobre los particulares que les serán formulados por la parte promovente.-
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio LENIN LOMBARDO MOLINA PEÑALOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.277.
Que la parte demandada tiene como apoderado judicial al abogado en ejercicio JOSE RAMON MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.251.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolverla original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los once (11) días del mes de julio de dos mil cinco (2005).- AÑOS: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14986