REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

Vista la diligencia anterior de fecha 11 de los corrientes, suscrita por la abogada en ejercicio ARGELIA CHIVIDATTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.810, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano AUGUSTO DÓLAR ALVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.806.612, mediante la cual desiste formalmente de la apelación en el presente procedimiento, que con motivo de INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano AUGUSTO DÓLAR ALVES contra la empresa AGUAS DE FUENTE ALTA (AFUALCA) C.A., asimismo solicitó la entrega de los documentos originales cursantes a los folios del trece (13) al diecisiete (17) ambos inclusive del expediente, este Tribunal imparte su aprobación HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expuestos por el solicitante, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena devolver previa su certificación en autos de los documentos originales consignados. Asimismo se acuerda la devolución del presente expediente al Tribunal de la causa, Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de esta misma Circunscripción Judicial y sede en San Diego de Los Altos, en su oportunidad legal correspondiente. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos. Cúmplase
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/Damelis
Exp Nº 15163



























Quien suscribe, Abogada OMAIRA DIAZ DE SOLARES, Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que los anteriores fotostáticos son traslados fiel y exacto de sus originales que cursaban insertos en el presente expediente signado con el N° 15163 ante este Tribunal, con motivo del juicio de INTIMACIÓN (APELACIÓN), presentada por el ciudadano: AUGUSTO DÓLAR ALVES contra la Sociedad Mercantil AGUAS DE FUENTE ALTA (AFUALCA) C. A., cuyas actuaciones fueron autorizadas por la Jueza Temporal de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, doce (12) de julio de dos mil cinco (2005).-


LA SECRETARIA ACC.,



ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES