REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, catorce (14) de julio de dos mil cinco (2005)-.
195º y 146º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente los documentos protocolizados por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda, de Fecha 07 de junio del 2005, bajo el N° 17, folios 136 al 138, protocolo primero, Tomo 7 y de fecha 17 de junio del 2005, bajo el N° 18, folios 139 al 142, protocolo primero, tomo 7; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: MIGUEL ANGEL VAAMONDE FLORES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.927.740; sobre las bienechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/yza.
Solicitud Nº 20.949.