REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

194º y 145º


Vista la transacción anterior de fecha 12 de los corrientes, celebrada por el abogado en ejercicio JOSE ARMANDO VELAZCO RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.712.678, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.563, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante “CARNICERIA EDMARO, C.A.”, y por la otra, los abogados JESUS C. RONDON CRESPO Y GILDA MARIA DE AVEIRO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.971|.350 y V-10.697.799 respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 354 y 56.587 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, MARIA FATIMA DOS SANTOS DE GONCALVES, en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS. El Tribunal por cuanto observa que la TRANSACCION JUDICIAL suscrita entre la parte actora y la demandada en el presente juicio, no versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos expuestos entre las partes, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente juicio, ordena expedir por secretaria las copias fotostáticas certificadas solicitadas, con inclusión del presente auto. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos y ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la causa.

LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/lisbeth
EXP. N° 14830