REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiuno (21) de julio de dos mil cinco (2005)-.
195º y 146º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente los documentos protocolizados por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Brion del Estado Miranda, de Fecha 06 de julio de 1990, bajo el N° 4, folios 20 al 24, protocolo primero, Tomo 2, Tercer Trimestre; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: FRAILE DE GUTIERREZ ISABEL CLARA, de nacionalidad Española, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° E-81.671.121; sobre las bienechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA,
DRA. MARIELA J FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MF/nr.
Solicitud Nº 20.967.