En el día de hoy, diecinueve de julio de dos mil cinco (19.07.2005), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y a petición del Apoderado Judicial de la parte actora, JOSÉ INES SALAZAR MARVAL, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.064, se trasladó y constituyó en la siguiente dirección: Un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el No. F-6 del Edificio Cristal, que forma parte del Conjunto Rersidencial Ramo Verde, situado en el lugar denominado Ramo Verde, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, a los fines de llevar a cabo la Medida de ENTREGA MATERIAL del inmueble antes identificado, con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue el ciudadano EUGENIO ZAPPACOSTA TOMASSETTI, contra la ciudadana IDALMI DEL CARMEN MARQUINA MARQUEZ. En este estado el Tribunal, a petición de la parte actora procedió a efectuar repetidos toques en la puerta del inmueble, siendo atendido por la ciudadana IDALMI MARQUINA MARQUEZ, venezolana, titular de la cèdula de identidad No. 4.111.863, a quien el Tribunal impuso de la comisión, permitiendo el acceso al interior del inmueble donde se le informo su derecho de realizar retiro voluntario sobre los bienes muebles por no recaer sobre ellos medida alguna, informando al respecto que serian trasladados a la Calle Ayacucho, Casa No. 50, Los Teques. Acto seguido a petición del Apoderado Judicial de la parte actora se designò como practico cerrajero al ciudadano CARLOS ANTONIO BLANCO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 6.842.638, quien estando presente e impuesto de la misión encomendada por el Tribunal, acepto el cargo y prestó el juramento de Ley, procediendo de seguidas a la sustitución de los cilindros de las puertas que permite el acceso al interior del inmueble. A todo evento la parte actora solicitò designar como Perito al ciudadano JESÚS TORTOZA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 6.457.401 quien estando presente, acepto el cargo y prestó el juramento de ley, procediendo de seguidas a ejercerlo. También se designó al ciudadano EMILIO CHAVEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 3.366.139, como Depositario Judicial, en representación de la Depositaria Judicial LA RC, C.A., quien estando presente e impuesto de las obligaciones de Ley, acepto el cargo y juró cumplirlo bien y fielmente. Seguidamente, el Tribunal coloca en posesión material, real y efectiva del inmueble donde se encuentra constituido el Despacho, al ciudadano JOSE INES SALAZAR MARVAL, antes nombrado, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora, quien lo recibe de conformidad libre de personas y bienes, en cumplimiento de la comisión conferida por el Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado
Miranda. Se deja constancia que se fijo a las puertas del inmueble el respectivo Cartel de Notificación. Seguidamente la parte actora expone: “Solicito que una vez cumplida la presente comisión sea esta devuelta con sus resultas al Tribunal de origen. Es todo”. Se deja constancia que estuvo presente en la medida una comisión policial integrada por los funcionarios GONZALEZ RAYMIR y MICHAEL RAGA, placas S/N y 100, respectivamente, adscritos a la Policia del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, quienes velaron por la custodia y protección de las personas presentes en la medida y por el cabal cumplimiento de la misma. Cumplida como se encuentra la comisión y siendo las dos (2:00) de la tarde, el Tribunal ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SONIA DE LUCA R. LA NOTIFICADA,
LA PARTE EJECUTANTE,
EL PERITO, EL CERRAJERO,
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
LA SECRETARIA,
CARMEN CECILIA ABREU
Comisión No. 1873-05
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