REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIONES DE EJECUCION

Guarenas, 13 de julio de 2005.-
195º y 146º

EXP: 3E-1720


Vista la comunicación emanada de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, bajo Nº 0530 de fecha 06-07-05, mediante la cual solicitan a este Tribunal se ordene la práctica del Informe psicosocial al penado: JESUS ALVARO CLEMENTE BIRRIEL, titular de la cédula de identidad Nº 15.506.119, a fin de que sea tramitado el beneficio de Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente, este Tribunal observa:

PRIMERO: Revisada la causa signada con el Nº 1720-04, seguida en contra del penado: JESUS ALVARO CLEMENTE BIRRIEL, observa este Tribunal que consta en las presentes actuaciones Cómputo de la Pena de fecha 09-06-04, en el cual se observa que el penado: JESUS ALVARO CLEMENTE BIRRIEL, fue condenado a la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 460 del Código Penal y 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículo Automotor.

SEGUNDO: Que la pena principal la cumple el penado en fecha 16-09-2.014.

TERCERO: Consta de igual manera que el penado fue detenido en fecha 16-09-00, hasta el día de hoy, y según el cómputo anteriormente referido, le procedería el beneficio de REGIMEN ABIERTO, al cumplir la TERCERA parte de la pena impuesta, es decir, CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES, efectivos de privación de libertad, el cual se encuentra optando en este momento, por lo que se hace procedente y ajustado a derecho ORDENAR como en efecto se hace la practica del INFORME PSICOSOCIAL al penado: JESUS ALVARO CLEMENTE BIRRIEL, a la Coordinación de Tratamiento No Institucional Región Capital, informe éste que debe requerirse por su carácter eminentemente objetivo y especializado, además de la credibilidad de los expertos en la materia por ser funcionarios públicos que utilizan en sus evaluaciones métodos y técnicas de carácter estrictamente científicos. Y ASI SE DECLARA.

En consecuencia, este Tribunal tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA la realización del INFORME PSICOSOCIAL al penado: JESUS ALVARO CLEMENTE BIRRIEL, por parte de la Coordinación de Tratamiento No Institucional Región capital, a los fines de determinar la procedencia del beneficio de REGIMEN ABIERTO. Provéase lo conducente.


DR. JORGE LUIS GAVIRIA L.
JUEZ TERCERO DE EJECUCION

LA SECRETARIA

ABG. ALEJANDRA BONALDE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.-

LA SECRETARIA

ABG. ALEJANDRA BONALDE