REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY



Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado JESUS ERNESTO PARACO, titular de la Cédula de Identidad No 23.614.867, pero le impone de las medidas cautelares sustitutivas previstas en el artículo 256 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, explicadas en la parte motiva de la presente decisión, Por último, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la POSESIÓN, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Se ordena como sitio de detección preventiva la Comisaría de Santa Teresa del Tuy, este lapso será de 10 días, período de tiempo que al finalizar traerá como consecuencia su traslado al Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Remítase el asunto al en su oportunidad Legal. Diarícese, Regístrese la presentes decisión.
LA JUEZ QUINTA DE CONTROL

DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO.