JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN EL NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

Los Teques, once (11) de Julio de 2005
Años 195° y 146°

Vista la anterior diligencia en la cual la parte accionante, ciudadana GABRIELA EMILIA HERRERA GALLARDO, debidamente asistida por el ciudadano RAÚL MEDINA, Procurador de Trabajadores del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, desiste tanto de la acción como del procedimiento, y mediante el cual la ciudadana TERESA PAULA PITA GÓMEZ, en su carácter de Representante legal de la parte demandada, “GRUPO PITAS PUBLICIDAD”, acepta el mismo, manifestando ambas partes de común acuerdo renunciar a las costas del procedimiento, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente de conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACIÓN, en consecuencia, téngase el presente auto, como Sentencia Pasada, en autoridad de Cosa Juzgada.-
Publíquese y Regístrese.-
LA JUEZ,


MARÍA GABRIELA THEIS
EL SECRETARIO


EDUARDO RODRÍGUEZ R.
Exp N° 0518-05
MGT/eerr.-
En la misma fecha se publicó el presente auto de homologación
EL SECRETARIO