REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; trece (13) de junio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LUZ LEONOR REYES DELGADO y JOSÉ ALBENIZ RIVERO MORENO, divorciada la primera y soltero el segundo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos V-13.339.761 y V-5.885.678, respectivamente, sobre unas bienhechurías ubicadas en el Sector Maturín, Parroquia Tacarigua, Municipio Brión del Estado Miranda, las mismas se encuentran construidas en un terreno propiedad de los solicitantes el cual se encuentra registrado por ante el Registro Inmobiliario de los Municipios Brión y Eulalia Buroz del Estado Miranda, de fecha 14 de junio de 2001, bajo el Nº 29, folios 162 al 166, Protocolo Primero, Tomo 11, segundo Trimestre, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada MARGARITA ROSA GARCÍA PARADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.590, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
EL SECRETARIO, ACC.

FERNANDO PARIS


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO, ACC.

FERNANDO PARIS


HJAS/lisbeth
Exp. N° 41034