REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dos (02) de junio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos RICHARD ARMANDO TORRES CEDRES y MIRNA MARIBEL FERMIN MARIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-8.679.279 y 8.984.249, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, según documento protocolizado ante la oficina Subalterna del Registro del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el N°14, protocolo primero, tomo 14, de fecha 15 de marzo de 2005, ubicadas en el sector “Topo de los Corrales”, lugar denominado el Encanto, Lagunetica de la ciudad de los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado ROGER E. BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.348, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
Dr. HUMBERTO ANGRISANO SILVA
EL SECRETARIAO Acc,
FERNANDO PARIS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
Exp N°41064