REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintidós (22) de junio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vista la anterior solicitud de amparo constitucional proveniente de distribución, de fecha 9 de junio de 2005, signada con el número 20, la cual fue interpuesta por el ciudadano MELVIS ANTONIO ARROYO BARRETO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la cédula de identidad Nº 12.881.474. Por cuanto no se observan ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se admite la misma cuanto ha lugar en derecho y se ordena notificar por medio de boleta, a la cual se adjuntará copia certificada de la solicitud de amparo, una vez que sean suministrados los fotostatos requeridos para tal fin por el interesado, a la presunta agraviante ciudadana ELAINE PEDROSO PEREIRA, para que comparezcan por ante la Secretaría de este Tribunal ubicado en la avenida Bermúdez con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, primer piso, Los Teques, Estado Miranda, al segundo día siguiente a la constancia en autos de dicha notificación, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice. Particípese de la presente acción al Ministerio Público, para que intervenga en el procedimiento, conforme lo previsto en la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, mediante boleta a la que se anexará copia certificada de la solicitud. Déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
EL SECRETARIO ACC,
FERNANDO PARIS AREVALO,
En la misma fecha se libraron boletas a la presunta agraviante y a la representante del Ministerio Público, más no se libraron las copias certificadas ordenadas por cuanto no han sido suministrados los respectivos fotostatos por el quejoso.
EL SECRETARIO ACC,
HJAS/fapa/jigc.
Exp. No. 25.151
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, veintidós (22) de junio de dos mil cinco (2005)
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:
A la ciudadana ELAINE PEDROSO PEREIRA, venezolana, mayor de edad, comerciante y titular de la cédula de identidad Nº 6.244.856, en su carácter de presunta agraviante en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano MELVIN ANTONIO ARROYO BARRETO, asistido por el abogado en ejercicio Víctor José Delgado Mejias, contra la presunta conducta lesiva desplegada por la ciudadana ELAINE PEDROSO PEREIRA, relativa a la situación interna de la sociedad mercantil “INVERSIONES IGUAROS & ARROYOS C.A.”, se ha ordenado notificarlo para que comparezca por ante la Secretaría de este Tribunal ubicado en la avenida Bermúdez con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, primer piso, Los Teques, Estado Miranda, al segundo día siguiente a la constancia en autos de su notificación y que conste en autos dichas actuaciones procésales, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice.
Que el quejoso atribuye a la presunta agraviante la violación del derecho constitucional consagrado en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Se le adjunta copia certificada de la solicitud de amparo consignada.
Firmará al pie de la presente, en prueba de haber sido notificado por el Alguacil encargado.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
FECHA:__________________
HORA: __________________
FIRMA: __________________
HJAS/jigc.
Exp. No. 25.151
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, veintidós (22) de junio de dos mil cinco (2005)
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:
A la ciudadana FISCAL SUPERIOR DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, que en el procedimiento de AMPARO CONSTITUCIONAL, que se sustancia en el expediente distinguido con el número 25151 seguido por el ciudadano MELVIS ANTONIO ARROYO BARRETO, representado por el abogado en ejercicio Víctor José Delgado Mejias, contra la presunta conducta lesiva desplegada por la ciudadana ELAINE PEDROSO PEREIRA, relativa a la situación interna de la sociedad mercantil “INVERSIONES IGUAROS & ARROYOS C.A.”, se ha ordenado notificarla de la interposición de la referida acción, a objeto de que actúe en la misma como parte de buena fe, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Se hace de su conocimiento que la dirección de este Tribunal es la siguiente: avenida Bermúdez con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, primer piso, Los Teques, Estado Miranda avenida Arismendi con calle Bermúdez.
Que el quejoso atribuye a la presunta agraviante la violación del derecho constitucional consagrado en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Se le adjunta copia certificada de la solicitud de amparo consignada.
Firmará al pie de la presente, en prueba de haber sido notificada por el Alguacil encargado.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
FECHA: __________________
HORA: __________________
FIRMA: __________________
HJAS/jigc.
Exp. No. 25.151