REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; veintisiete (27) de junio de dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano CARLOS ARRIBAS IPARRAGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.474.731, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno de propiedad municipal, ubicadas en la calle San Felipe, casa s/n, del pueble del Guapo, Parroquia el Guapo, Municipio Páez del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, devuélvase todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por el abogado, OMAR HERNÁNDEZ G, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.113, déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,




Dr. HUMBERTO ANGRISANO SILVA

EL SECRETARIAO Acc,



FERNANDO PARIS


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente


Exp N°41125
EL SECRETARIAO Acc,