TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Ocho (08) de Junio del dos mil cinco (2005).-

195º y 146º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana XIOMARA JOSEFINA ZABALA GONZALEZ, venezolana titular de la cédula de identidad Nro V-6.436.753. Sobre una bienhechuria construida en un lote de terreno de su propiedad, ubicado en la Urbanización Los Anaucos Country Club, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por la Abogada NORELYS ZAVALA ESPINOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.915. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-




EL JUEZ TEMPORAL
DR. HUMBERTO ENRIQUE T. BELLO TABARES



EL SECRETARIO,

ABG. MANUEL GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-





EL SECRETARIO,

ABG. MANUEL GARCIA



HETBT/ldb
Solicitud N° S-470