REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta (30) de junio de dos mil cinco (2005).-
195° y 146°
Por cuanto fueron consignados las copias fotostáticas correspondientes, désele cumplimiento a lo dictado en el auto de Homologación de fecha 14 de junio de 2005.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA FUENMAYOR
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MFT/nr
Exp. N°.15318


Quien suscribe, Abg. OMAIRA DIAZ DE SOLARES, Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son traslado fiel y exactos de sus originales que corren insertos en el expediente signado con el N° 15318, con motivo del Juicio que por PARTICION DE BIENES DE COMUNIDAD CONYUGAL (DECLINATORIA) sigue AIMARA GEDLER DE GUZMAN y YOLIMAR DUQUE. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1° de la Ley de Sellos. Los Teques, treinta (30) de junio de dos mil cinco (2005).-

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES