REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
195º y 146º
Vista la transacción anterior de fecha 31 de mayo de 2005, celebrada por los ciudadanos NORMA SPINOSI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.963.278, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.993, en su carácter de parte actora e intimante de honorarios y MAURICIO ALEXANDER DELGADO CARTAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.817.729, en su carácter de Presidente de la empresa “OBRAS AMERICA, C.A.” sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miran, en fecha 07 de agosto de 1996, bajo el N° 34, Tomo 402-A Sgdo, parte demandada, asistido por la abogada en ejercicio NANCY M. CARTAYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.757. El Tribunal por cuanto observa que la TRANSACCION JUDICIAL suscrita entre la parte actora y la demandada en el presente juicio, no versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos expuestos entre las partes, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y le da el carácter de cosa juzgada.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/lisbeth
EXP. N° 13144
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