REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (8) de junio de dos mil cinco (2005).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse, SOTILLO HERNÁNDEZ NELY BIBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.549.165, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si, lo conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 20 años y por ese conocimiento que tengo, se y puedo dar fe de que es el cónyuge de la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER. SEGUNDO: Si, se y me consta que procreamos una hija de nombre ISABEL MARIE UNGERER DE MORENO. TERCERO: Si se y me consta que la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER, falleció en Caracas, el 18 de marzo del 2005. CUARTO: Si se y me consta que el solicitante junto con su hija la ciudadana ISABEL MARIE UNGERER DE MORENO, son los Únicos y Universales Herederos de la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER. QUINTO: Doy razón fundada de lo que aquí declaro por cuanto los conozco desde hace muchos años. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL

TESTIGO
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR

LA SECRETARIA ACC,







-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse GAMBOA ARISMENDI LEONEL RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-4.005.912, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado por el Juez del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones contesto: PRIMERO: Si, lo conozco suficientemente de vista, trato y comunicación, desde hace 4 años y por ese conocimiento que tengo, se y puedo dar fe de que es el cónyuge de la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER. SEGUNDO: Si, se y me consta que procreamos una hija de nombre ISABEL MARIE UNGERER DE MORENO. TERCERO: Si se y me consta que la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER, falleció en Caracas, el 18 de marzo del 2005. CUARTO: Si se y me consta que el solicitante junto con su hija la ciudadana ISABEL MARIE UNGERER DE MORENO, son los Únicos y Universales Herederos de la ciudadana HELGA FORSTER DE UNGERER. QUINTO: Doy razón fundada de lo que aquí declaro por cuanto los conozco desde hace muchos años. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MF/yza
Solicitud N° 2085




















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de junio de dos mil cinco (2005)-.
194º y 145º
---Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los Ciudadanos: ERWIN WILHELM HERMANN UNGERER DIETRICH y ISABEL MARIE UNGERER DE MORENO, mayores de edad y titulares de la Cédulas de Identidad Nos. E-669.880 y V-6.870.339, respectivamente, en su condición de causahabiente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ciudadana: HELGA FORSTER DE UNGERER, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.870.339. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por los Abogados TERESA TOMEI Y CARMEN MARLENE GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 22.619 y 16.824, respectivamente. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,
LA SECRETARIA ACC,
DR. MARIELA J. FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MF/yza
Solicitud Nº 2085