REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
EXPEDIENTE Nº 1161
Recibidas por ante este Despacho las copias fotostáticas certificadas correspondientes a la incidencia de incompetencia subjetiva (Inhibición), planteada por la ciudadana Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Dra. GLADYS CAÑAS SERRANO, fundamentada en los ordinales 18° y 20° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por Nulidad Absoluta y Daños y Perjuicios accionara la ciudadana CARRERO DE CUERVA SONIA, contra los ciudadanos YAMILETH GARZÓN DE DAVILA y JOSÉ AGUSTIN MORA SIBULO, signado por ante ese referido Juzgado bajo el N° 17823.-
De las actas procesales remitidas a esta Alzada, constan:
1.- Copia fotostática certificada de la diligencia de fecha 26 de abril de 2005 suscrita por el abogado OCTAVIANO CONTRERAS DUARTE (folio 1).-
2.- Copia fotostática certificada del acta de inhibición suscrita por la ciudadana Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 26 de abril de 2005 (folio 2).-
3.- Copia fotostática certificada del auto proferido en fecha 05 de mayo de 2005 por el Juzgado remitente mediante el cual se acuerda la remisión de las copias fotostáticas pertinentes al Juzgado Superior Distribuidor de esta Circunscripción Judicial a los fines del conocimiento de la inhibición planteada (folio 3).-
Expone la Juez GLADYS CAÑAS SERRANO, en el acta de fecha 05 de mayo de 2005, lo siguiente:
“…ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa contenida en el expediente N° 17.823, relacionado con el juicio seguido por CARRERO DE CUERVA SONIA, actuando como Tutor y representante de OLGA BERNAL contra RAMIREZ DAVILA ORLANDO, YAMILETH GARZÓN DE DAVILA Y JOSÉ AGUSTIN MORA SIBULO motivo: nulidad Absoluta y Daños y Perjuicios. Inhibición, por cuanto el abogado OCTAVIANO CONTRERAS DUARTE, apoderado del ciudadano JOSÉ AGUSTIN MORA SIBULO, co-demandado de autos el día 26 de abril de 2005, manifestó mediante diligencia lo siguiente:
…Exíjole que desista de avocarse al conocimiento de esta causa, se inhiba y así lo declare por auto expreso. De no hacerlo, eso me deja en libertad para yo producir caución en su contra por enemistad manifiesta, Notariarla y publicarla por Diario la Nación y después agregarla a los autos de este expediente, a los efectos legales consiguientes…
Por lo que considero comprometida mi imparcialidad e incursa en los Ordinales 18 y 20 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil…” (Negrillas y Subrayado del Tribunal)

Esta alzada de conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, del cual se desprende su competencia para conocer de la presente incidencia y estando dentro del lapso legal consagrado en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, pasa a observar lo siguiente:
La Juez GLADYS CAÑAS SERRANO fundamenta su inhibición en las causales previstas en los ordinales 18º y 20º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, que la hacen procedente, sin embargo por cuanto constituye un hecho público y notorio que la Doctora GLADYS CAÑAS SERRANO ya no esta a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el impedimento para conocer de la causa en cuestión ya no existe, razón por la cual forzosamente se debe declarar sin lugar la inhibición propuesta. Así se decide.
Por las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Dra. GLADYS CAÑAS SERRANO contra el abogado OCTAVIANO CONTRERAS DUARTE, en el juicio que por NULIDAD ABSOLUTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS interpusiera la ciudadana CARRERO DE CUERVA SONIA en contra de los ciudadanos YAMILETH GARZÓN DE DAVILA Y JOSÉ AGUSTIN MORA SIBULO, nomenclado por ante el referido Juzgado bajo el Nº 17.823.-
Remítase con oficio copia computarizada certificada de la presente decisión a los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión, para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005). Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez Temporal,

JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA
El Secretario,
JAVIER GERARDO OMAÑA VIVAS
En la misma fecha, 02 de junio de 2005, se dictó, publicó y agregó la presente decisión al Expediente N° 1161, siendo la 08:30 minutos de la mañana (08:30am), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal; así mismo, se libraron los oficios Nos. , , , ; a los Juzgado Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, remitiendo anexo copia computarizada certificada de la presente decisión conforme a lo ordenado.

El Secretario,
JAVIER GERARDO OMAÑA VIVAS

JLFdeA/JGOV/javier s.-