JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, trece de Junio de dos mil cinco.-
194º y 146º
Por recibido por distribución constante de un (01) folio útil, con anexos constante de veinticuatro (24) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por la ciudadana MARILU CONTRERAS ROMERO DE BERBESI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-9.460.878, de este domicilio, asistida por el abogado RAFAEL EDUARDO DÍAZ CHACÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12128, en el que expone, que en fecha 11 de Enero de 2.001 en San Cristóbal, falleció la ciudadana TOMASA ROMERO DE CONTRERAS, quien fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° V-9.141.058, de este domicilio, tal y como consta en el Acta de Defunción N° 69, de fecha 11 de Enero de 2001, expedida por la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, acompañado de Justificativo de testigos evacuados por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 13 de Febrero de 2.001. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos: MARILU CONTRERAS ROMERO DE BERBESI ya identificada, YUDERKYS MAGDELY CONTRERAS ROMERO, GLENDY YARUBY CONTRERAS ROMERO, RUBEN DARIO CONTRERAS ROMERO, HENRY OSWALDO CONTRERAS ROMERO, BETTY ESPERANZA CONTRERAS ROMERO, ANGEL IGNACIO CONTRERAS ROMERO, LUIS EDUARDO CONTRERAS ROMERO, ELSIDA GLADIS CONTRERAS ROMERO, JOSE GREGORIO CONTRERAS ROMERO, FARQUI YOLIVER CONTRERAS ROMERO, y IGNACIO CONTRERAS SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V-11.105.590, V-13.304.425, V-12.517.209, V-11.105.589, V-9.461.033, V-5.742.976,
V-5.742.975, V-6.047.095, V-4.829.990, V-9.147.735 y V-1.519.703, en su condición de hijos los primeros y cónyuge el últimos el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida TOMASA ROMERO DE CONTRERAS.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
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