REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
194 ° y 145 °



ASUNTO: 3531-3547-3552-00
PARTE ACTORA: ROGELIO DE JESUS DURAN TUBIÑEZ, VICENTE ELIAS ZAMBRANO, LINO ANTONIO DIAZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RUBEN DARIO MORENO
PARTE DEMANDADA: EMPRESA CONSORCIO PRECOWAYSS, BORDE SECO.
APODERADA JUDICIAL: DHORYS LEON ALARCON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES .-



En el día de hoy once (13) de JUNIO de 2005, a las once de la mañana, se hicieron presentes en la sede del Tribunal, por la parte actora el abogado RUBEN DARIO MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.15.112 y por la parte demandada la abogada DHORYS LEON ALARCON, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.28.416, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternativos de resolución de conflictos exponen. La parte demandada para cancelar los conceptos demandados y acordados ofrece cancelar como monto único la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (BS.20.000.000,oo) discriminados así: Para el ciudadano VICENTE ELIAS ZAMBRANO el monto de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (BS.7.000.000,oo), para el ciudadano LUIS ANTONIO DIAZ SANCHEZ, la suma de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (BS.7.000.000,oo) y para el ciudadano ROGELIO DE JESES DURAN TUBIÑEZ el monto de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (BS.6.000.000,oo), todo en este acto. Por su lado la parte actora acepta y declara que no tiene nada más que reclamar y el Tribunal visto el acuerdo de pago lo Homologa, declara terminada la causa y ordena el archivo del expediente.
La Juez, La Secretaria,

Dra. Ana Mercedes Mora Rivas

Las partes,