Revisado como ha sido el expediente y por cuanto de la revisión del mismo se observa que la ciudadana: MARÍA ZAIDA RIVERA DE RIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-3.007.281, domiciliada en Carrera 6 Nº 0-84, Barrio Ambrosio Plaza, Pueblo Nuevo, San Cristóbal Estado Táchira, dio cumplimiento a las exigencias legales en el presente procedimiento, es por lo que esta Juez Unipersonal Nº 04 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley que acuerda expedir Autorización para tramitar Pasaporte y Viaje, en su orden para que la adolescente LAURA PATRICIA RIVEROS RIVERA, identificada con cédula de identidad Nº V-19.134.460, viaje a la ciudad de Barcelona España, acompañada de su hermana, ciudadana MARÍA ZAIDA RIVEROS RIVERA, cédula de identidad NºV-16.409.382, de conformidad con lo solicitado por la progenitora de la referida adolescente. Expídanse las autorizaciones correspondientes. Hecho lo cual archívese el expediente.
Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal, Cúmplase.

ABG. MARITZA RAMÍREZ RAMÍREZ
JUEZA UNIPERSONAL NRO. 4

ABG. WENDY C. GARCÍA VERGARA
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió lo ordenado., siendo las 11:40 de la mañana, dejándose copia certificada del auto anterior para el archivo del tribunal.
Se libraron las autorizaciones ordenadas.

La Secretaria


Interlocutoria Nº 374
Exp. Nro. 34.475
Carmen.-