REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
195º Y 146º
San Cristóbal, 20 de junio de 2005,
Vista la causa numero 5C-1188-01, llevada por este Tribunal, en la que aparece como imputado el ciudadano ROBERTO GALO SACON VERA , plenamente identificado en autos, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO tipificado en el articulo 323 en concordancia con el 320 de Código Penal.
El Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 10 de julio del 2001 se celebro Audiencia Preliminar ante este Tribunal, otorgándole al ciudadano ROBERTO GALO SACON VERA, Suspensión Condicional del Proceso, el cual debía cumplir con las condiciones impuestas por el lapso de 02 años.
SEGUNDO: En fecha 14 de octubre del 2003, el Tribunal oficia a la Oficina de Alguacilazgo con el fin de que informen si el imputado ha cumplido con las presentaciones impuestas por el Tribunal.
TERCERO: En fecha 22 de octubre del 2003 se recibe oficio de la Oficina de Alguacilazgo en la cual informan que el imputado ROBERTO GALO SACON VERA, no se ha presentado por ninguno de los libros aperturados.
CUARTO: En fecha 06 de febrero del 2004, se envió telegrama dirigido al imputado de autos con el fin de que se presentara ante este Tribunal, no hay resultas del mismo.
Por lo anteriormente expuesto:
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, DECIDE: Se decreta la privación de libertad del ciudadano ROBERTO GALO SACON VERA, plenamente identificado en autos, por haber incumplido de manera injustificada con las presentaciones que le impuso el Tribunal en fecha 10 de julio del 2001, fecha en la que se acogió a la Suspensión Condicional del Proceso, con base a lo establecido en el articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese las correspondientes órdenes de aprehensión.
ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
LA SECRETARIA
5C-1188-01